Resumen Latinoamericano/ 13 de julio 2017 .-
AL
Presidente de la
Comisión de Defensa de la Defensa
Del Colegio de Abogados de Quilmes
S. / D.
ref: “Dr. Eduardo Soares s/Denuncia”
Exp. Letra E Nro 1351/15
Por la presente venimos a presentar nuestras resoluciones respecto al acto incriminatorio, acusatorio y persecutorio hacia uno de los dirigentes de nuestra organización política, el Dr. Eduardo Soares, que actuara en su carácter de abogado DEFENSOR, en el caso de referencia.
El Fiscal Claudio Marcelo Cipollone en representación del Ministerio Publico Fiscal y la Dra. Isabel Rita Serione titular del Juzgado de Garantías del Jóven Nro 1 de Florencio Varela se sintieron agraviados porque nuestro compañero afirmó en una audiencia donde el enjuiciado era un menor de edad, que el proceso era una causa armada por la Policía y que la Fiscalía convalidó todas las irregularidades.-
Les pidió a las autoridades judiciales que no continuaran con el proceso, que reflexionaran ante semejante arbitrariedad.-
Lo que el Dr. Soares planteó, fue luego probado en el Juicio Oral.-
Sin embargo los funcionarios policiales continuaron ofendidos y llegaron así ante Uds, señores del Colegio de Abogados de Quilmes reclamando sanciones.-
Frente a esta provocación, limitación e intento de impedir, restringir, limitar o alterar el libre ejercicio, no solo de la profesión como abogado, sino también del derecho a asociarse políticamente y desarrollar libremente su pensamiento político e ideológico; y por tratarse de la probada integridad de la persona a la que se acusa, es que seguramente se les acumularan las solidaridades y testimonios en apoyo hacia su persona tanto de organismos de DDHH, familiares y víctimas de gatillo fácil, organizaciones sociales y políticas, personalidades públicas, colegas, etc.
En nuestro caso nos presentamos ejerciendo nuestro derecho y voluntad, por tratarse de un dirigente de nuestra organización, en los términos políticos que ameritan la situación. Entendemos los hechos que originan la presente, en el marco del escenario de un problema político; por ende, de un CONFLICTO POLITICO, que por causa de una seguidilla de malos y/o intencionados procedimiento, asumimos la DEFENSA ante semejante ofensa y provocación, y que origina nuestra reacción decidida.
Nuestro principal objeto como organización, es la resolución política de CONFLICTOS que se producen en las relaciones de PODER en la convivencia cotidiana de nuestra sociedad. De eso se trata la política: la resolución de problemas políticos derivados de las relaciones sociales que se establecen por el PODER de los intereses de unos por sobre los de otros; y en nuestro caso nos organizamos en DEFENSA de los intereses de las mayorías populares frente a las discrecionalidades y opresiones de las elites que ostentan el PODER, en este caso el del ESTADO, por sobre la soberanía del PUEBLO y la NACION.
Por ello así entenderemos el rol que ha asumido el FISCAL y el JUZGADO – en forma corporativa en nombre de todo el Poder Judicial; así como el rol que asumió siempre y sigue asumiendo el Dr. Eduardo Soares como abogado DEFENSOR de las personas más vulnerables de las mayorías populares, con su probada lealtad, probidad y buena fe; y por ello, como parte de los requisitos integrales humanos, un asumido integrante de ésta organización política.
Así es que CONVOCATORIA-SEGUNDA INDEPENDENCIA a ustedes se dirige, considerando:
-Que la principal característica de un Estado para serlo, es poseer el monopolio del uso de la fuerza delegada por la sociedad para la supuesta convivencia comunitaria y control territorial; y así mismo entendiendo que es de masivo conocimiento los reiterados hechos de violencia institucional por la ostentación y discrecionalidad de corporaciones, mafias y/o elites que se apropian de las instituciones públicas para intereses corporativos y respondiendo a intereses de una delimitada clase social
-Que en ese sentido, dejar solo en manos de todo el Poder Judicial la discrecionalidad a la hora de juzgar, no solo violentaría las libertades de los ciudadanos y sobre todo de los sectores más vulnerables con pocas posibilidades de defensa alguna frente a las institucionespúblicas, y se producirían actuaciones en las que se desconocen derechos de los litigantes; es que dichas actuaciones para impartir JUSTICIA sobre todo deben respetar el DEBIDO PROCESO
-Que es el DEBIDO PROCESO que debe garantizar el objetivo de afianzar la JUSTICIA que resulta de los objetivos nacionales, los derechos y deberes que nos asisten como PUEBLO autodeterminado y libre, que hemos suscripto en nuestra Constitución Nacional; es el deber de todo abogado accionar para garantizar el ESTADO DE DERECHO, en defensa de los derechos, deberes y compromisos consagrados en la Constitución, antes de cualquier presunción o prejuicio personal, corporativo y/o individual
-Que surgido de lo anterior es consustancial al ejercicio de la abogacía la defensa primera de los Derechos Humanos, es decir de derechos civiles y políticos, económicos, sociales y culturales; por lo cual la construcción DISCURSIVA institucional y su consecuente accionar no puede dirigirse ni contrariar a estos deberes, ni intervenir en forma negacionista de los mismos, redireccionando, corrompiendo y/o distorsionando el objetivo de impartir JUSTICIA hacia un supuesto orden legal, discursivo, simbólico y factico, establecido para la represión y el hostigamiento social, impartiendo terror estatal con fines corporativos, mafiosos y/o elitistas
-Que entendiendo que las y los abogados, no solo los FISCALES y JUECES, sino TODAS Y TODOS LOS ABOGADOS (incluidos los DEFENSORES), y reconociéndo como tales a los que reúnen los requisitos y asumen los compromisos antes descriptos para resguardo, no solo de la profesión sino de la legitimidad y respeto de todas la instituciones democráticas; no debe ignorarse que el ejercicio profesional de TODAS Y TODOS los abogados está equiparado al de los magistrados, en cuanto a consideración y respeto
-Y que por último, y por tratarse a su vez del cuestionado DEFENSOR de un dirigente de nuestra organización política,ratificamos, el decoro y respeto del compañero profesional al debido proceso, su lealtad a sus defendidos y a los principios rectores descriptos (que a su vez son propios de TODA NUESTRA ORGANIZACIÓN POLITICA); su probidad, no solo profesional, sino sobre todo en la probada integralidad personal, y en la buena fe explicitada y constatadas de todos sus actos.
Por todo ello esta ORGANIZACIÓN POLITICA resuelve:
1-Dirigirse al Colegio de Abogados de Quilmes a fin, no solo de que se desestimen las infundadas acusaciones personales, caprichosas y/o corporativas con intención de daño personal, económico y social a un integrante de nuestra organización, que al presentarse en el contexto del juicio del que se trató, y en los términos con los que se dirige la acusación, sin fundamentos sólidos, se nos permite dudar y exigir explicaciones sino se tratara de una persecución política e ideológica hacia nuestro compañero.
2-Que ante el trato respetuoso que se le debe a las consideraciones, señalamientos ydenuncias realizadas por el Dr.EdudardoSoares, sobre el grave accionar de actores públicos en el armado de causas, hostigamientos institucionales a desvalidos, persecución policial, implantación de prueba falsa y/o extorcionespara obligar a cometer ilícitos; la Comisión de Defensa de la Defensa del correspondiente Colegio de Abogados , asuma, como beneficio que brinda a sus matriculados, las solicitudes pertinentes para la investigación sobre éstas denuncias, el accionar del FISCAL y de todo el Juzgado, en el que se desarrollaron, explicitaron y denunciaron estas aberraciones y nada se hizo al respecto; hechos en los que principalmente el Ministerio Publico Fiscal por orden judicial debería haber iniciado investigación en carácter de URGENTE, y no escudarse en acusaciones infundadas, en vez de centrar su accionar en su deber juramentado.
3-En el mismo sentido, elevar la presente, con las pruebas y fundamentos correspondientes, al Procurador General de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, al Procurador General de la Nación, al Defensor del Pueblo y al Ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, así como también al Defensor del Pueblo y al Comité contra la Tortura de la Comisión Provincial por la Memoria.
4-Por último convocar, como Organización Política Nacional: Convocatoria Segunda Independencia, a las organizaciones libres del pueblo, como instrumentos legítimos de la participación activa social y política de la soberanía popular, a acompañarnos en el ejercicio soberano del accionar correspondiente contra estas prácticas discrecionales, mafiosas, corporativas y/o elitistas, que se interponen a la voluntad nacional, coaccionan, hostigan, reprimen, encarcelan y matan en nombre de todo el PUEBLO argentino.
Sin mas lo saludamos muy atentamente.-
Firman:
Por la MESA EJECUTIVA DE
CONVOCATORIA POR LA LIBERACION NACIONAL Y SOCIAL
SEGUNDA INDEPENDENCIA
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