Buenos Aires, 4 ene (PL) Mediante un nuevo decreto, el presidente argentino Mauricio Macri disolvió hoy la Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas encargada de controlar el mercado de los energéticos.
La ordenanza también deroga gran parte del Reglamento del Régimen de Soberanía Hidrocarburífera. Las funciones de la comisión fueron transferidas del Ministerio de Economía al de Energía y Minería de reciente creación y cuyo titular es Juan José Aranguren. El decreto de necesidad y urgencia (DNU) que entró en vigor este lunes establece además que los derechos derivados de las acciones de titularidad del Estado Nacional en la empresa YPF Sociedad Anónima y en YPF Gas Sociedad Anónima serán ejercidos por la cartera que dirige Aranguren, ex directivo de la empresa Shell Argentina.
Están exentas las acciones que pertenecen al Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Régimen Previsional Público de Reparto.
Además de disolver la comisión encargada de llevar adelante el programa nacional de inversiones en el sector del petróleo y gas, Macri dispuso la derogación de 17 artículos que reglamentan la Soberanía Hidrocarburífera del país y el mercado de los combustibles.
Este mismo lunes al entrar en vigor este nuevo DNU el espacio de análisis económico del canal A24 anticipó que el miércoles aumentará el precio de los combustibles el 6 por ciento, y que en marzo habrá otra alza.
Los artículos del 2 al 5 y del 13 al 15 del modificado reglamento que puso en vigor la expresidenta Cristina Fernández detallaban los alcances del Plan de Inversiones dispuesto en este vital campo, así como los objetivos y funciones que debería cumplimentar la Comisión, hoy disuelta por el macrismo.
Eso elimina todo tipo de control sobre los precios y la explotación de los combustibles, según señala una nota en el sitio digital del diario Página 12.
Cita como ejemplo que el artículo 20 le permitía a la disuelta comisión fiscalizar en forma permanente el cumplimiento de las regulaciones sobre los combustibles que se comercialicen para consumo en el territorio nacional.
Otros acápites derogados evaluaban la marcha del plan de inversiones de las empresas prestadoras, especificaban la necesidad de impulsar auditorías en forma trimestral y la facultad para aplicar sanciones.
El 27 en particular contemplaba la necesidad de asegurar precios comerciales razonables a través de la publicación de precios de referencia de costos y precios de referencia para la venta de combustibles.
El 28 le daba a la comisión la potestad de fiscalizar la razonabilidad de los costos y adoptar medidas para evitar y/o corregir conductas distorsivas que pudieran afectar los intereses de los consumidores por precio, calidad y disponibilidad de los derivados de hidrocarburos
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