lunes, 14 de diciembre de 2015

COMUNICADO DE LA ASOCIACIÓN GREMIAL DE ABOGADAS Y ABOGADOS DE ARGENTINA - EL PERIODISTA CARLOS AZNAREZ CON UNA ACUSACION INJUSTA Y ARBITRARIA


Desde la Gremial como en nuestro ejercicio profesional de manera particular, intervenimos en procesos contravencionales y penales plagados de nulidades y arbitrariedades, en todas las jurisdicciones de la Argentina. Pero hemos observamos particularmente el proceso contravencional y penal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como especialmente plagado de estas nulidades y arbitrariedades. Y no escapa a esta realidad el proceso donde se pretende enjuiciar a Carlos Aznarez  a partir de su participación el 27 de agosto del 2014  en un acto de solidaridad con el Pueblo Palestino y de repudio a las masacres que el Estado de Israel llevo adelante contra población civil indefensa.

Carlos Aznarez, director de la muy conocida publicación RESUMEN LATINOAMERICANO, y RUBEN SABOULARD, dirigente de ASAMBLEAS DEL PUEBLO, están acusados de haber sido parte de la larga lista de oradores en el acto ese día a quienes se les endilga "manifestaciones de tinte discriminatorio hacia la religión judía". Ni Carlos ni su defensa técnica ejercida por esta GREMIAL DE ABOGADOS nos enteramos de la existencia de la causa por los canales que el debido proceso impone.
El Fiscal inició una investigación a partir de una denuncia de la DAIA que nunca notificó a Carlos a fin de que pueda defenderse. Pero además tampoco solicitó al juez competente que adoptara las medidas que impuso solo el Ministerio Público Fiscal y que afectaron derechos fundamentales de Carlos.
Entre esas medidas solicitó al servidor del mail de la publicación RESUMEN LATINOAMERICANO a fin de que se intervenga el mail del periódico y se le informe a la Fiscalía de todo el contenido de los correos entrantes y salientes. Medida que afectó, entre otros, el derecho humano de Carlos a la privacidad de su correspondencia y la libertad de expresión.
El servidor de la cuenta de mails de RESUMEN LATINOAMERICANO comunicó al Periódico que ‘un Fiscal argentino’ pretendía la invasión a los correos privados de la publicación ‘sin la orden de un Juez competente’. Recién de esta forma las personas investigadas tomaron conocimiento de la causa en su contra.
Todo esto llevado adelante sin Juez y sin Defensor. Solo el Fiscal. Tan así que ahora pretende ser él ante quien Carlos ejerza su primer acto de defensa material y técnico: preste declaración indagatoria.
Es por ello que la Gremial de Abogadas y Abogados se presentó ante el Juez natural de Carlos, denunció las violaciones a sus derechos y le solicitó que, en caso de así entender, sea él quien lo convoque a prestar declaración indagatoria. Adjuntamos los escritos donde planteamos la inconstitucionalidad de la norma que faculta a un Fiscal a interrogar a quien investiga. Sobre la norma del Código procesal de la Ciudad de Buenos Aires está la Constitución Argentina y los tratados internacionales de derechos humanos con rango constitucional que ordenan que en cualquier proceso en el que estén en juego derechos humanos, ya sea éste comercial, administrativo, penal, o de cualquier otra naturaleza, SIEMPRE deben existir tres partes: Acusador/demandante, Defensor/demandado y Juez imparcial e independiente.
De tal modo resulta inconstitucional y contra convencional que la misma persona que investiga, en este caso a Carlos, sea quien lo indague. El Fiscal no es imparcial, es el adversario procesal de la persona a quien investiga, en este caso de Carlos.  Quien debe escuchar a Carlos es un Juez, competente e imparcial, sin interés concreto en el proceso penal como sí lo tiene el Fiscal.
Lejos resulta este planteo de raigambre constitucional y convencional ser parte de una estrategia a fin de ‘ganar tiempo’. El nuestro es un planteo ideológico, de debido proceso, una cuestión de principios: nunca un Fiscal puede arrogarse facultades de Juez. 
Pero yendo al fondo de la cuestión, la acusación contra Carlos y Rubén carece de todo sustento fáctico y jurídico. Las manifestaciones de ambos lo fueron en el ámbito de un Acto, como los miles que se hicieron y se hacen en todas partes del mundo, en el que se manifestó la solidaridad con el Pueblo Palestino. En ningún momento, ni el acto ni las manifestaciones allí vertidas, tuvieron ribetes discriminatorios y no existen elementos que así lo indiquen. Por el contrario, lo han sido en el marco de las expresiones que libremente las personas tenemos derecho a pronunciar. En realidad bajo la excusa de investigar a Carlos Aznarez se pretende afectar el derecho a la Libertad de Expresión y a la Libertad de prensa.
A más, debemos decir que en dicho acto también estuvieron presentes muchos judíos así como es ahora interminable la lista de adhesiones a Carlos Aznarez efectuadas por importantes personalidades judías argentinas e internacionales.
Están aquí en juego derechos humanos tales como la libertad de expresión, de publicar, de difundir, de informarse; al debido proceso, al estado de inocencia, al juez imparcial, a la defensa; todos derechos humanos de Carlos y Rubén que están ahora violentados en este proceso pero que se proyectan a cada persona de nuestra Argentina.
Pedimos en primer lugar a los colegas de las distintas organizaciones, que conocen por padecer de estas arbitrariedades, que unifiquemos criterios en torno a este tema. A las organizaciones de DDHH y diferentes coordinadoras y estructuras antirrepresivas que acompañen este planteo. El proceso contra Carlos Aznarez y Ruben Saboulard muestra el intento de fortalecer y consolidar una forma de ejercer la (in)Justicia. Debemos impedirlo.

ASOCIACIÓN GREMIAL DE ABOGADAS Y ABOGADOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA
diciembre 2015

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